domingo, 24 de agosto de 2008

24.08.08 - La Generalitat indemnizará con 2.100 € a una mujer que se hizo un esguince al tropezar con un socavón


CONDENADA
La Generalitat indemnizará con 2.100 € a una mujer que se hizo un esguince al tropezar con un socavón
Después del accidente, según la demandante, ni se reparó ni se señalizó el agujero

La Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat Valenciana indemnizará con 2.100 euros a una mujer que sufrió un esguince en el pie al tropezar con un socavón mientras transitaba por una calle de la localidad alicantina de Denia empujando el cochecito de su bebé.
Según un dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC), se estima que hubo responsabilidad patrimonial de la Generalitat en este accidente al demostrarse "relación causal entre una deficiente conservación de la vía pública en cuestión y el elemento causante de la producción del daño".
El suceso se produjo cuando la mujer metió el pie en un socavón de unos tres centímetros de profundidad en la calle Aduanas, cercana al recinto de Balearia, y que después del accidente, según la demandante, ni se reparó ni se señalizó el agujero, "por lo que nuevos accidentes pueden seguir produciéndose".
Estos hechos llevan a concluir al CJC que el daño sufrido por la mujer tiene su origen en "el mal estado de conservación y mantenimiento del pavimento de la vía pública", sin que exista "acción imprudente u otras causas atribuibles a la perjudicada que hayan influido en la producción del daño".
Por todo lo anterior, "se considera que se ha probado suficientemente las afirmaciones de la reclamante en su escrito inicial, como hecho constitutivo en el que fundamenta su pretensión indemnizatoria, acreditándose cada uno de los extremos fácticos que refiere la interesada".
En cuanto a la indemnización, el CJC acepta la propuesta por la afectada, que asciende a 2.103,38 euros, y con los que se la pretende resarcir de los 39 días que pasó de baja debido a la "fractura sin desplazamiento del maleolo peroneo izquierdo" que sufrió.
Así, se acuerda concederle 49,03 euros por día no trabajado, cantidad a la que se le aplicaría el 10 por ciento como factor de corrección mínimo previsto en el real decreto de la Dirección General de Seguros.

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