miércoles, 9 de mayo de 2007

LA AUTOPSIA PSICOLOGICA

La autopsia psicológica desde la perspectiva cubana
La autopsia psicológica es un método de pericia cuyos orígenes se remontan a los finales de la década de 1950 en los Estados Unidos de Norteamérica. Este método surge por la necesidad administrativa de definir la etiología medicolegal de muertes dudosas donde no había suficientes elementos para afirmar si se trataba de un suicidio o de un accidente. A lo largo de estos años este método ha sufrido modificaciones y adaptaciones según las necesidades y prioridades de cada investigador y el medio social en que se realiza. Nosotros en Cuba, avalados por una experiencia de más de 10 años en el trabajo con esta prueba, queremos expresar en este artículo nuestras consideraciones en cuanto al concepto, los tipos de prueba, las características generales, los modelos de aplicación, los usos y los objetivos, exponiendo fundamentalmente nuestra metodología para la realización de esta pericia. En el articulo notarán que en esencia es uno de esos procedimientos en los que hay que saber, más que lo que se hace o dice, lo que no se hace y no se dice; así como no embullarse con los intereses de otro o una parte para hacer afirmaciones especulativas. En un final es tan sencillo como recibir información que quizás uno mismo ayudó a buscar al que está investido por Ley para hacerlo, e interpretarla en un sentido diagnóstico, para decir si en determinado momento de interés judicial esa persona funcionaba de tal o cual forma. Igual que cuando se perita a un vivo se puede pensar mucho y especular diagnósticos, pero al final hay que decir si o no tomando en cuenta lo que la Ley dice para su tipo de problema.
Palabras clave: Peritaje psiquiátrico, autopsia psicológica.

INTRODUCCIÓN

Hace ya algún tiempo, cuando nos iniciábamos en este fascinante mundo de la psiquiatría, nos llamaba la atención de manera relevante la importancia que tenía dentro de la peritación psiquiátrica el conocimiento de las características psicopatológicas del sujeto de interés judicial y su entorno psicosocial antes, durante y posterior a la comisión del hecho impugnado.

Para hablar de autopsia psicológica (AP) hay que partir de la base de que no es más que un peritaje psiquiátrico, no se puede concebir de otra manera, por tanto vamos a comenzar definiendo este y puntualizando algunos aspectos básicos.

El peritaje psiquiátrico está constituido por todas las actuaciones medicolegales que hace un perito (especialista en Psiquiatría), las cuales se plasman en un informe que tiene como objetivo asesorar e ilustrar a la justicia en cuestiones específicas afines con su ciencia y que sean de interés o utilidad judicial. 1 En este sentido los códigos penales de cada país disponen cuándo, cómo, por qué y para qué se solicita un dictamen pericial. En Cuba la Ley de Procedimiento Penal recoge este procedimiento en los artículos del 200 al 214. 2

A lo largo de nuestra actividad profesional hemos tenidos casos en los que no siempre ha existido la posibilidad de la peritación previa en el momento requerido, entonces ha sido necesario establecer pericialmente cuál era el estado mental de una persona víctima o presunta incapaz ya fallecida a través de métodos no convencionales, tarea posible en casos en que se realice una amplia búsqueda discriminativa de elementos y testimonios provenientes de historias clínicas, médicos de asistencia, expediente laboral, cartas y documentos, autógrafos y similares fuentes que en su conjunto permiten plantear una conclusión diagnóstica fundamentada. Los elementos antes expuestos nos iniciaron en el apasionante campo del estudio mediante la autopsia psicológica o psíquica.

De una forma didáctica nosotros (Luis Enrique Vidal Palmer, psiquiatra del Hospital Psiquiátrico de La Habana y Ernesto Pérez González, psiquiatra del Instituto de Medicinal Legal), definimos la autopsia psicológica como peritaje psiquiátrico forense que intenta establecer retrospectivamente el estado mental de una persona ya fallecida en determinado momento de interés judicial (civil o penal) en función de una fórmula sustantiva concreta reactiva a tal estado. Esto sería la forma convencional, pero queremos comentar que esto no es nada raro, que en ocasiones y no de manera excepcional nosotros realizamos esta técnica desde el punto de vista metodológico en nuestra práctica habitual en los casos en que el sujeto no nos aporta nada en el examen directo, por ejemplo, el estado de coma, o la demencia total, digamos en sujetos psicológicamente fallecidos, no obstante el concepto de autopsia psicológica alude a sujetos ya fallecidos.

En un final es tan sencillo como recibir información que quizás uno mismo ayudó a buscar al que está investido por Ley para hacerlo e interpretarla en un sentido diagnóstico, para decir si en determinado momento de interés judicial esa persona funcionaba de tal o cual forma. Igual que cuando se perita a un vivo se puede pensar mucho y especular diagnósticos, pero al final hay que decir sí o no tomando en cuenta lo que la Ley dice para su tipo de problema (fórmula penal).

El principio general que nos sirve de sustento es que es posible conocer rasgos de personalidad, motivaciones, intereses, nivel de funcionamiento de una persona, aún después de su defunción, a partir de documentos y entrevistas realizadas a sus conocidos.

Es imprescindible aclarar que la caracterización psiquiátrica o psicológica del fallecido tiene dos vertientes; una como pericia y la segunda como método o vía para la investigación científica.

El origen de la autopsia psicológica lo encontramos a finales de los años cincuenta en los Estados Unidos de Norteamérica como salida a una necesidad administrativa de definir la etiología médico-legal de muertes dudosas, donde no había elementos suficientes para afirmar si se trataba de un suicidio o de un accidente, 3,4 . Este origen se atribuye a la ciudad de Los Ángeles, California, con el doctor Theodore J. Curphey, entonces Jefe Legista de la ciudad. Varios estudiosos 5-9 le conceden la paternidad de esta estrategia de evaluación retrospectiva a Edwin Sheneidman. Sin embargo, el propio Shneidman 10 se refiere al doctor. Curphey como el "padrino de la autopsia psicológica, en el sentido genuino de la palabra”. Sin embargo, fue el doctor. Weisman quien realmente adoptó y usó el término originalmente en sus libros. 11

En Cuba se recogen datos históricos de la realización de esta pericia desde finales del siglo XIX en las obras completas del insigne médico Carlos J. Finlay. Ya en la década del 40 del siglo XX, se describe un caso completo realizado por los doctores Díaz Padrón y Henríquez sobre una víctima de homicidio, examen realizado a solicitud de los letrados de la defensa para probar que el occiso era anormal y peligroso, como justificación del gesto homicida de su cliente. A este examen se le llamó análisis psicológico. El caso puntual era el asesinato en 1947 de un héroe de guerra norteamericano, el teniente Jack Lester Mee quien resultó ultimado por su pareja en su yate anclado en el litoral habanero. Los doctores estudiaron cartas, el diario íntimo y un libro de poemas escrito por el finado, también revisaron la historia clínica de un hospital militar donde había estado recluido el que resultara víctima, y pudieron establecer que padecía un trastorno de la personalidad particularmente centrado en su vida sexual. 12

Para no dejar inconclusa la parte anecdotaria, diremos que la victimaria resultó sancionada, pero solo cumplió un año de prisión al lograr un indulto presidencial.

No fue hasta finales de la década de 1980 y principios de los años 90 que se comenzó la práctica sistemática de la autopsia psicológica en Cuba, liderada por los estudios realizados en el Instituto de Medicina Legal de Ciudad de La Habana, donde sobresalen los casos expuestos por los doctores Pérez González, Lleó Jiménez y García Pérez. 13-15 En tiempo más reciente se incorporó a la realización de esta prueba el equipo forense del Hospital Psiquiátrico de La Habana con los doctores Pérez Milán, Acosta González y Vidal Palmer.

DESARROLLO

Los propósitos generales del informe de la peritación son totalmente aplicables a la autopsia psicológica , estos pueden ser de diferentes formas según el marco legislativo en que se realice, los objetivos que tenga y las características del perito actuante. De manera general podemos afirmar, que los objetivos dependen de los propósitos para los cuales ha sido solicitado, que por regla general son:
Determinar o demostrar la presencia o no de enfermedad mental en un sujeto.
Determinar el grado de relación entre enfermedad y posible hecho delictivo (relación delito-enfermedad) o entre enfermedad y eficacia jurídica (capacidad civil o administrativa).
Otros aspectos específicos relacionados con la salud enfermedad, (aspectos de personalidad, conducta, etc.).
La autopsia psicológica es un método en el que hay que saber más de lo que se hace o dice y donde el perito, a partir de información aportada, hace un análisis e interpretación con un sentido diagnóstico, para finalmente dar una respuesta concreta y demostrativa al problema penal o civil del estado mental de la victima ya fallecida, a su vez necesario para poder tipificar el delito o agravarlo, decir si en determinado momento de interés judicial esa persona funcionaba de tal o cual forma teniendo en cuenta lo que la ley dice para su tipo de problema (fórmula penal).

Es de relevante importancia dejar esclarecido, que el perito no es quien sale a buscar la información y a entrevistar fuentes, esto es responsabilidad de la parte judicial. Nosotros hemos adoptado el estilo de trabajar en conjunto peritos e investigador judicial, lo que nos permite que todo documento que vaya a emplearse en el análisis sea ocupado judicialmente, para formar parte del expediente como prueba documental, así como que toda persona que sea entrevistada y tenga información valiosa para el objetivo pericial que nos trazamos, lo haga ante la autoridad judicial, impuesta así de la responsabilidad penal que contrae; estas declaraciones también pasan a formar parte del expediente judicial. Todo esto nos permite dejar sustentada la pericia en elementos de mayor confiabilidad para los juzgadores, además de ser susceptible de ser objeto de la correspondiente verificación durante la práctica de pruebas testifícales y documentales, no solo periciales, en el desarrollo del juicio oral. Recordemos que en esta prueba nos vemos imposibilitados de hacer un examen directo, por lo que la confiabilidad del diagnóstico médico legal depende de la confiabilidad de la fuente de la información. Esto es factible porque en Cuba no existen los peritos de parte, nosotros pertenecemos al Ministerio de Salud Pública y como peritos respondemos al tribunal.

No se puede confundir la autopsia psicológica con la investigación de personas, método este último universal e histórico que realiza la policía para saber cosas de personas vivas o muertas, a los peritos nos toca accionar:
Cuando se trata de algo que solo el psiquiatra puede demostrar o negar científicamente.
En total respeto a lo que establece la ley en cuanto a procedimientos, siempre dentro de estos.
Sólo cuando se nos nombra peritos por la autoridad competente.
Para responder a un problema planteado en la letra de la ley sobre el estado mental de personas, no para especular sobre esto .
Los tres primeros puntos se explican por sí, ahora sobre el cuarto queremos comentar que siempre es conveniente mantener los objetivos periciales en función de las respuestas concretas a las formulaciones del código penal y no tratar de descubrir por tanteo y error lo que en materia criminológica ya está demostrado como erróneo o impugnado por discriminatorio; llevar al campo de la investigación judicial lo deducible de la existencia en una víctima de determinados factores de riesgo, representa el peligro de lo que en criminología se conoce como labeling (considerar como demostrativo de una conducta sea autoría o victimización en un delito la existencia en un sujeto de elementos de riesgo para incurrir en la misma o sufrirla). Aceptar esto representa que la existencia de un riesgo pase a considerarse como demostrativa de la ocurrencia del hecho que se investiga, lo que consideramos un grave error contra la objetividad de la investigación judicial.

La existencia de factores de riesgo resulta útil para orientar una investigación, pero no para afirmar que se haya producido el evento o conducta más probable u otra distinta , por ejemplo en una muerte dudosa encontramos que el sujeto tenía riesgo suicida entonces creemos que no lo mataron, como si una cosa excluyera la otra, cuando en realidad en conducta parasuicida pudo perfectamente ocurrir que la víctima fuera provocador o imprudente y lo hubiesen matado o que simplemente tuviese un accidente.

Esta tendencia errónea en el trabajo penal con sospechosos puede dar cabida a criterios extremistas de peligrosidad preestablecida a partir de tendencias discriminatorias, establecer por ejemplo, que un sujeto tiene en su personalidad proclividad a la agresión, no tiene nada que ver con la demostración exigida en derecho penal de que cometió la agresión que se investiga en calidad de delito ni ayuda en nada a ello, pues perfectamente alguien de distinto perfil y motivaciones, pudo ser el autor aunque se considere infrecuente. Esta tendencia en el más benigno de los casos puede contribuir a una indeseada predisposición subjetiva en el investigador judicial y en el resto del sistema, incluso dar como concluidas las pesquisas policiales del caso. Por tanto esto demuestra que apartarse de la letra de la ley y hacer especulaciones da al traste con la confiabilidad de la pericia.

La autopsia psicológica se realiza tanto en derecho penal como en civil, en materia penal los casos que con más frecuencia hacemos son: en la víctima, determinación del estado mental en el momento de la victimización, las muertes dudosas, equívocas o de etiología medicolegal por precisar, la sospecha de suicidio inducido y el análisis Inferencial del grado de secuela del acto lesivo en la posterior muerte; en el victimario o perpetrador es muy excepcional, debido fundamentalmente a que tras su muerte extingue la responsabilidad penal, no obstante existen casos muy puntuales, como en los procesos de revisión de causa y otros.

En el caso del derecho civil lo más frecuente son las impugnaciones de acciones, para las cuales se cree no era competente o no estaba psicológicamente apto (testar, contraer matrimonio, hacer donaciones, compra venta, permutar, etc.), en este particular es imprescindible que el que impugna tiene que tener la carga de la prueba.

Para la realización de esta prueba existen diferentes y variados métodos, nosotros hemos adquirido uno propio, el cual consideramos sencillo y práctico, que consta de los pasos siguientes:
Datos generales. (donde se expresa todo lo concerniente al peritado y a la persona jurídica que lo solicita).
Objetivo general de la pericia (aquí se realiza la obtención y recolección de documentos y pruebas, además de plantearnos las hipótesis de trabajo).
Análisis y hallazgos (se hace un análisis individual y cruzado de los documentos médicos y testifícales presentados, se valoran por partes los que dicen que estaba mal y los que consideraban que no lo estaba, además se analizan otros documentos adjuntos por el tribunal). El objetivo fundamental aquí es determinar si el acto impugnado es absurdo o no (clínicamente); si se vincula o no con el momento vital concreto en que fue hecho o decidido.
Conclusiones.
Dar respuestas a las formulaciones e hipótesis trazadas.
No quisiera terminar el tema de la pericia sin tocar un aspecto de relevancia; la ética. Existen dos aspectos fundamentales que tiene que tener toda pericia y que el perito no puede apartar de él: la imparcialidad y la confidencialidad, claro está, sin olvidar los principios de la ética médica en general ( la justicia equidad, beneficencia no maleficencia y autonomía) Aunque estemos haciendo nuestro trabajo en la mayor frecuencia con personas ya fallecidas, un buen perito debe de poseer cualidades especiales, en palabras del Profesor Gisbert Calabuig, deben concurrir en él condiciones naturales tales como: objetividad, reflexión, sentido común, juicio critico, prudencia, imparcialidad y veracidad, más una formación académica adecuada en la teoría y la práctica; a lo que yo le agregaría el entrenamiento en conocimientos jurídicos. 16 Tener estas cualidades y seguir de cerca estos principios son los elementos fundamentales que nos aseguran ser excelentes peritos y dar la calidad y confiabilidad de nuestra pericia.

La otra vertiente de la autopsia psicológica, como habíamos comentado en los inicios, es un método o vía para la investigación científica de un grupo de fallecidos que va a la búsqueda de variables psicosociales de poblaciones de suicidas, víctimas de homicidios, de accidentes, incluso de muertes naturales y hasta de muertes equívocas. Este método nos da la posibilidad de establecer factores psicológicos y psicopatológicos de riesgo en las víctimas, siendo factible para estudios de cohorte positivistas o de evaluación de sistemas preventivos, como es el caso del suicidio (Sergio Pérez 1998) también, es útil en los estudios de la violencia de más largo alcance, donde puede ser la vía para establecer cómo se manifiestan o no en su producción determinados factores sociales potencialmente criminógenos a través de la víctima, con esto estaríamos elaborando un perfil psicológico-psicopatológico de un grupo poblacional muerto por alguna causa común. Este método tiene algunas características que en mi opinión lo diferencian de la autopsia psicológica pericial, estos son:
No se suscribe a formulaciones sustantivas relativas a la víctima.
No es de interés judicial-
No hay nada que afirmar o negar ante la autoridad sobre el estado mental de una persona concreta en un momento concreto.
No requiere la acción paralela de un investigador judicial para fijar declaraciones u ocupar documentos.
Para este proceder la escuela cubana de psiquiatría utiliza un modelo creado en el Instituto de Medicina Legal, que fue validado por dos investigaciones en víctimas de suicidio en 1991 y de homicidio en 1994 hechos por la Doctora García T. 13,14 . Este método se conoce como MAPI (Modelo de autopsia psicológica 1), el cual es un Instrumento estructurado y sistematizado, con un margen de sesgo mínimo, que nos da la posibilidad de respuestas cerradas, lo que evita la inclusión de elementos subjetivos en la valoración de cada caso, además de hacerlo verificable por terceras personas. Los principios metodológicos generales son:
Entrevistas a personas que lo conocieron directamente (familiares, vecinos, amigos, médicos de asistencia, etc.).
En forma individual y absolutamente privada.
Esperar que pase la reacción de duelo, siempre que esto sea posible.
Previa consulta con los investigadores policiales, para evitar la contaminación de la investigación.
Previa revisión del expediente policial y medicolegal.
Entre las aplicaciones fundamentales de este método podemos distinguir:

En la investigación criminal:
Investigación de muertes dudosas o equívocas, donde ni desde el punto de vista policiológico, ni criminalístico, ni medicolegal se puede afirmar que se trate de un hecho criminal (homicidio o asesinato), un suicidio o un accidente.
Aplicaciones criminólogicas:
Establecer el perfil victimal dentro del binomio víctima-victimario en los delitos contra la vida y la integridad corporal, para definir qué aportó la víctima en la dinámica del crimen.
Diseñar un perfil victimal común en homicidios múltiples o asesinatos en serie.
Establecer el perfil de la víctima de un crimen violento para proyectar un perfil probabilístico del autor o autores.
Establecer el perfil de un desaparecido para dar hipótesis de posibles causas y condiciones de su desaparición.
Establecer el perfil de víctimas de secuestro para trazar estrategias de mediación y captura del o los victimarios.
Aplicaciones criminológicas preventivas:
Determinar poblaciones de riesgo más vulnerables a morir por determinada causa criminógena.
Definir factores de riesgo para determinados tipos de muerte violenta.
Detectar fallas en la detección, canalización, atención y seguimiento de casos de riesgo susceptibles de prevención específica.
CONCLUSIONES

Hasta aquí hemos hecho un recorrido por lo que a nuestro juicio consideramos los aspectos medulares de este valiosos proceder pericial, método que cada día cobra mayor fuerza y relevancia por su probada eficacia, además de que se ha visto un aumento paulatino de su solicitud por las autoridades judiciales, por eso quisimos hacer estas reflexiones para que sirvan de guía y espacio de reflexión para los médicos psiquiatras que se dedican a la actividad forense.

Es nuestro interés dejar claro, y a modo de conclusión, que en materia de autopsia psicológica hay que tener siempre presentes los principios metodológicos que sustentan esta pericia los cuales son:
Hay que saber más de lo que se dice o hace.
Análisis e interpretación diagnóstica (información aportada).
Dar una respuesta concreta y demostrativa al problema (civil o penal), del estado mental del occiso, válido para tipificar o agravar el delito.
Tener en cuenta lo que la ley dice para su tipo de problema (formula penal)
El perito no sale a buscar información ni entrevistar fuentes, aunque se puede trabajar de conjunto.
Todos los documentos y entrevistas que se usen en el análisis tienen que formar parte del expediente judicial
La autopsia psicológica. no es una investigación de personas.
Los peritos accionan cuando:
Es algo que solo el psiquiatra puede demostrar o negar científicamente (método científico).
Se nos nombra peritos por la autoridad competente.
Se debe dar respuesta a un problema planteado en la letra de la ley sobre el estado mental de personas ya fallecidas.

No hay comentarios: